Política y Reglamento Pet Friendly
El Club Campestre San Isidro entendiendo los intereses, necesidades y formas de
relacionarse de nuestros visitantes, asi como la Ley 1774 del 2016 que establece que
los animales son seres sintientes, permitirá el ingreso a mascotas, una opción
para disfrutar de su compañía y propendiendo por el fortalecimiento del vínculo con ellos.
REGLAMENTO PET FRIENDLY
Estancia
Está permitido el ingreso de mascotas (NO se permite el ingreso de GATOS) al Club Campestre San Isidro. Para una cómoda y segura estancia en el Club su mascota debe:
- Permanecer con su collar de identificación y correa.
- El dueño de la mascota debe tener el equipo e insumos necesarios para la acomodación y comodidad de su mascota.
- Si presenta conductas agresivas o ansiosas, tener puesto el bozal.
- Supervisión permanente de sus propietarios.
- En ningún caso, los caninos podrán transitar libremente por las instalaciones del Club sin su amo responsable y sin el uso de su correa o collar correspondiente, todo lo cual, es de obligatorio cumplimiento en cualquier espacio del Club.
- No se permite el ingreso de mascotas que sean consideradas fauna silvestre (Norma NTSTS002-turismo sostenible y leyes de Colombia).
- El Club no es responsable por enfermedad, muerte, pérdida, atención médica o traslado a la veterinaria del animal de compañía o mascota.
- Bajo ninguna circunstancia si tu mascota se encuentra en celo puede ingresar a nuestras instalaciones. Esto podría afectar la convivencia con otras mascotas que se encuentren en el Club.
Normas de Convivencia
- La alimentación de los caninos debe ser suministrada solo en los sitios correspondientes, no se permite alimentar a los caninos en zonas comunes
- El ingreso de las mascotas a las áreas húmedas del Club no está permitido.
- Todos los animales de compañía SIEMPRE deben estar bajo supervisión de un adulto, los menores de edad no pueden hacerse responsables.
- Los animales de compañía no pueden ser dejados solos dentro de las instalaciones ni dentro de automóviles.
- El propietario del canino deberá abstenerse de tolerar, permitir o inducir por acción u omisión que el canino ataque a una persona, otro animal o a bienes de terceros.
- Los dueños de los animales de compañía serán los responsables de que éstos no produzcan ruidos y olores excesivos. En cualquier caso, por queja de otros visitantes o por alteración al orden en el Club, la administración podrá solicitar el retiro de la mascota, y su propietario o responsable tendrá la obligación de retirarla una vez sea notificado. No se hará el reintegro del servicio cancelado.
- Es recomendable que las mascotas duerman en el mobiliario del Club dispuesto para ellas. En caso de que el Club lo considere necesario, el visitante deberá hacerse responsable del pago de cualquier reparación o limpieza extra necesaria en las habitaciones a causa de la mascota.
Responsabilidad
- El propietario o tenedor del animal de compañía, asume la total responsabilidad por los daños y perjuicios que se ocasionen a las personas, los bienes, las vías y espacios públicos y al medio natural, en general. En caso de presentarse mordeduras o agresión a una persona, será enviada al hospital inmediatamente, llevando la libreta de vacunas del perro agresor. El propietario cubrirá los gastos médicos que causen las lesiones y retirará al animal de las instalaciones del Club dentro de las 12 horas siguientes.
- Como dueño o tenedor de la mascota, usted asume la responsabilidad de librar a Club Campestre San Isidro de cualquier reclamo por daños o perjuicios ocasionados o relacionados con su mascota durante su estadía al Club Campestre, incluida reclamación de terceros.
- Los propietarios de los ejemplares caninos y/o sus acompañantes se deberán abstener de incurrir en la realización de comportamientos que afectan a los animales en general, contemplados en el artículo 116 de la ley 1801 de 2016, de darle aviso a las autoridades respectivas y ser objeto de la aplicación de las medidas correctivas contempladas en dicha normatividad, sin perjuicio de las disposiciones contenidas en la Ley 1774 de 2016 y demás normas relacionadas con la protección animal y prevención del maltrato a los animales
- En caso de abandono se causará una multa para el propietario de 3 SMDLV* por cada día o fracción permanencia del perro en la Administración, y se realizará la correspondiente denuncia ante las autoridades competentes, en esta caso, ante la policía ambiental.
Normas de Convivencia
- Toda mascota debe de estar vacunada según los requerimientos sanitarios, los comprobantes deben ser mostrados en el registro y estar disponibles para su inspección por parte del hotel, por lo tanto, desde el ingreso al centro vacacional debe portar su carné de vacunas al día.
- Es responsabilidad del propietario que toda mascota tenga una identificación en su collar (nombre del dueño, número de teléfono y nombre del canino)o identificación con chip.
- La higiene de la mascota es responsabilidad del amo a cargo. Por esta razón deben recoger los excrementos dejados en las áreas asignada, portar las bolsas para recogerlos, y depositarlos en el recipiente del punto ecológico
- No es permitido el baño de las mascotas en las instalaciones del vacacional.
- El propietario del canino debe estar atento para impedir que el canino esparza, parcial o totalmente, el contenido de las bolsas y recipientes para la basura, una vez puestas para su recolección.